La calificación
Puede resultar extraño que después de ocho años de existencia de Traperos de Emaús en Huelva ese reconocimiento todavía no se hubiera obtenido, pero todo tiene su explicación. Es verdad que cualquier movimiento de tipo “legal” es desesperadamente lento. Es verdad que los requisitos para obtener este tipo de calificaciones son, en muchas ocasiones y vistos desde fuera, absurdos. Pero también es verdad que gran parte del retraso lo han ocasionado, realmente, nuestras dudas y vacilaciones. En realidad no fue hasta el año pasado cuando nos pusimos en marcha con los trámites, hasta que no resolvimos algunas de esas dudas y zanjamos -aunque no del todo- algunos de los debates que nos surgieron al respecto:
Principalmente estaban las dudas sobre el modelo de trabajo del que se habla en las empresas de inserción y, en sí, ese mismo concepto: ¿por qué se obliga a que ese trabajo se haga desde una sociedad mercantil cuando las entidades sin ánimo de lucro podemos disponer de todos los medios para hacerlo? ¿De verdad seguimos hablando de inserción? ¿No sería mejor hablar de trabajo compartido, de que nuestros espacios de acogida y trabajo, simplemente, abrieran sus puertas a cualquier persona, especialmente a aquellas que peor lo pueden estar pasando por las mochilas y sambenitos que la vida les ha ido colgando? ¿No sería más razonable que, una vez participando de ese espacio, la persona trabajara, sin más, abierta a lo que la vida le vaya planteando y no fijando plazos estrechos que poco tienen que ver con esa vida? Puede haber a quien esos tres años que establece la ley de “permanencia en procesos de inserción” les venga bien, pero puede que haya personas que necesiten más tiempo, que incluso se queden con nosotras el resto de su vida, o puede que la persona necesite menos. ¿Aspiramos, por ejemplo, a que una persona que ronde los sesenta años pase, después, a la “empresa normalizada”? ¿Hay que establecer un modelo de trabajo que separe tan radicalmente, como pide la ley, a las “personas en inserción” de los “técnicos”, personas que realizan acompañamientos, trabajadoras o educadoras sociales? Este, para nosotros era un tema crucial. Nuestro modelo de trabajo, nuestros valores y los retos ante los que estos nos sitúan, que nos exigen igualdad en todo: igualdad salarial, igualdad de oportunidad en la participación en la toma de decisiones e igualdad a la hora de arremangarse. Y esta ley parecía ponérnoslo más difícil.
Luego estuvieron otras dudas que también nos enredaron lo suyo, pero que realmente eran más cuestiones formales que otra cosa: desde la forma jurídica desde la que pedir la calificación (que si una cooperativa, que si una sociedad limitada…) hasta la “denominación social” o las alianzas que se establecerían y desde qué posición se tejerían. También la cuestión de qué actividad se “pasaría” a la empresa de inserción y qué actividad se quedaría en la asociación.
Como buenamente pudimos, respondimos a todas esas cuestiones, si no ya dejándolas zanjadas, si al menos razonablemente respondidas y nos lanzamos a constituir una empresa de inserción por una razón que pesaba sobre todas: necesitamos ese “reconocimiento legal” para poder seguir avanzando. Entendimos que la calificación de “empresa de inserción” se podría convertir en una buena vía para que nuevas compañeras y nuevos compañeros se incorporaran a Traperas de Emaús, que nos ofrecería la posibilidad de acceder a más recursos, que permitirían dar más calidad a la acogida y el apoyo mutuo y nos permitiría -y esta era la razón que más pesó en la decisión- acceder a la reserva de contratos que la administración pública debe hacer para este tipo de entidades.
La calificación que hemos obtenido como “empresa de inserción” nos abre esas vías, ahora toca aprovecharlas. Esperemos que seamos capaces de encajar todas las piezas de este complejo puzzle sin desviarnos un sólo centímetro de nuestros valores y, que todo esto sirva para seguir ofreciendo este espacio compartido y solidario a personas que puedan necesitar de él.